Presidencia Municipal

Junio 24, 2025

CONSTANCIA POR ABANDONO DE HOGAR O SEPARACIÓN CONYUGAL

82-083-042
Descripción General   Una constancia por abandono de hogar o separación conyugal se expide cuando una de las dos personas que conforman un matrimonio decide por diferentes razones irse del domicilio que comparten, cabe mencionar que el abandono de hogar como causal de divorcio procede después de haber transcurrido 6 meses de no estar en el domicilio y cuando es casa propia.
 
 NOTA: En caso de que la separación conyugal sea mayor de dos años y la requiera para la defensoria de oficio, esta tendrá que ser certificada y expedida por la dirección.   okta388
 
Secretaría y/o Dirección   oficina Ejecutiva / Dir. Jueces Auxiliares, termino de relación, abandono
Area y/o Departamento   Dirección de Jueces Auxiliares
Titular   (en actualización)
Ubicación   Calle: Lic. Raúl Caballero Escamilla #104 Locales 4, 5 y 6
 Col. Centro, Gral. Escobedo, Nuevo León.
 
Teléfono   89 01 25 34
Clasificación   Trámite
Responsable del Trámite   (en actualización)
Lugar y Horarios de Atención  Calle: Lic. Raúl Caballero Escamilla No.104 Locales 4, 5 y 6
 Col. Centro, Gral. Escobedo, Nuevo León.
 
 Lunes a Viernes de 8:00 AM a 5:00 PM
 
    
Quien lo solicita   Todo ciudadano del municipio de Gral. Escobedo
Plazo o Tiempo de Respuesta   Inmediata
Documentos Solicitados   - Credencial de elector actualizada de este municipio (original y copia)
 - Acta de matrimonio (original y copia)
 - Comprobante de domicilio (original y copia) *No mayor a tres meses
 - Acta de nacimiento de el/los hijo(s) en dado caso (original y copia)
 - 2 Testigos con credencial de elector actualizada de este municipio, que sean vecinos de la colonia o sección electoral y no familiares del solicitante)
Costo y Medio de Pago   SIN COSTO
Documento que se obtiene   Constancia de abandono de hogar o separación
Vigencia del Trámite o Servicio   Indefinida
Fundamento Legal   Artículo 18 Fracción II del Reglamento de Jueces Auxiliares Propietarios y Suplentes del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Criterios de Resolución Municipal (LMRENL Art 45. IX)

Sobre los Programas, Trámite y Servicio incluidos en el REMTYS

1.- El Registro Municipal de Trámites y Servicios (REMTYS), es una herramienta en línea de orientación y consulta ciudadana, sobre los Programas, Trámites y Servicios con los que actualmente la Administración de General Escobedo N.L. opera e interactúa en beneficio de la ciudadanía.

2.- Nuestra meta objetivo, a través del REMTYS, será que el ciudadano no solo reciba una orientación y consulta sobre tiempo, costo, requisitos, eliminación de subjetividades y certeza jurídica para su posible solución presencial a las regulaciones municipales (Gob. Tradicional), sino que logremos una transición, en la que el ciudadano interactué en el Portal Municipal, y obtenga con ello, una solución en Línea o vía Digital (Gob. Electrónico)

3.- La transición y actualización de los procesos municipales anteriormente descritos, se han iniciado y están en proceso de implementación de manera continua y permanente en el REMTYS, a través de mejoras en la normativa jurídica y el desarrollo tecnológico en informática que iremos poniendo paulatinamente en servicio, para tu beneficio, lo cual te será informado en su oportunidad.

4.- El cumplimiento a lo establecido y publicado de manera expresa en los Programas, Trámites y Servicios incluidos en el REMTYS del Municipio de Gral. Escobedo N.L. es de observancia general obligatoria para todos los servidores públicos (LMRENL Art.42)

5.- Por lo que toca a las peticiones, quejas y solicitudes realizadas de manera personal, telefónica, en Twiter y/o a través Facebook, que no impliquen o involucren un Tramite o Servicio regulado en el REMTYS, se pone a su disposición, el Programa de Respuesta Ciudadana de la Secretaria Particular, a través del cual, serán atendidas tales peticiones ciudadanas con el correspondiente seguimiento y/o se le aclarara cualquier duda y/o dará orientación al respecto

7.- Se podrá interponer por parte de cualquier ciudadano y /o representante legal de entidades morales, el recurso de Queja Regulatoria, contra servidores públicos municipales de General Escobedo N.L., que por cualquier acto de su autoridad y competencia representada, omisión, falta de seguimiento, negativa al otorgamiento de una solicitud o gestión, así como por su actuar deficientes respecto a los términos, plazos, requisitos, oportunidad, accesibilidad, transparencia, calidad y costos administrativos, publicados en el Portal Municipal, en cada uno de los Programas, Tramites y Servicios que integran el Registro Municipal de Tramites y Servicios (REMTYS),

8.-Dichas denuncias sobre Quejas Regulatorias, podrán realizarse por escrito, y/o de manera electrónica, en la que el Ciudadano y/o representante de la Entidad Moral, deberán de identificarse y describir, la fecha, lugar, el acto de autoridad impugnado, el Programa Tramite y Servicio involucrado, y el nombre y puesto del servidor público municipal de General Escobedo N.L. involucrado, acompañado con las evidencias documentales, fotográfico y/o videos que pudieren apoyar su dicho, a:



Centro Integral de Atención Ciudadana Escobedo
CIACE
Tel. 81-8397-2911

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